Mediante la Resolución No. JPRFM-2026-002-F, emitida por la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, se dispone que las entidades del sistema financiero nacional implementen medidas integrales de seguridad, orientadas a la organización, planificación y gestión institucional, con el fin de mitigar riesgos operativos, patrimoniales y de seguridad de la información.
La normativa establece la obligación de mantener medidas mínimas de seguridad física, electrónica y de la información, aplicables a instalaciones, canales operativos y sistemas tecnológicos, conforme al perfil de riesgo de cada entidad, garantizando la protección de clientes, usuarios, personal y patrimonio institucional.
Asimismo, las entidades deberán contar con Manuales y Políticas de Seguridad y Protección, aprobados por su órgano de gobierno, que regulen la gestión de riesgos, los procedimientos operativos, la custodia de dinero y valores, la seguridad de la información, los planes de contingencia y la capacitación del personal.
La Resolución incorpora disposiciones técnicas específicas para bóvedas, cajas fuertes, sistemas de alarmas, videovigilancia, transporte de dinero y cajeros automáticos, así como la obligación de contratar seguridad privada autorizada y establecer mecanismos de protección de la información institucional.
Finalmente, se dispone la coordinación entre los organismos de control y el Ministerio del Interior, la actualización de normas de control en un plazo de cuatro meses y la creación de cuentas sueldo destinadas exclusivamente al pago del personal de vigilancia y seguridad privada.
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Stefanny Barona – Asociada
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Patrick Barrer – Socio
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Connie Frías – Socia
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Pamela Villacrés – Asociada
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