El plazo de entrega de la información es desde el 1 de enero hasta el 5 de febrero de 2026. La información a ser entregada consiste en:

  • Certificado extendido por la autoridad competente del país de origen, que acredite la existencia legal de la sociedad extranjera debidamente apostillado o autenticada por cónsul ecuatoriano.
  • Poder Especial otorgado a favor de una persona jurídica o natural ecuatoriana o extranjera residente en el Ecuador, a través del cual se faculte al apoderado cumplir con las obligaciones que la socia o accionista, persona jurídica extranjera, adquiera en el Ecuador.
  • Lista completa de todos los socios, accionistas o miembros de la sociedad extranjera. En los casos en que una sociedad extranjera, accionista de una compañía ecuatoriana, esté registrada en una o más bolsas de valores extranjeras, podrá sustituir la entrega de la lista.

El incumplimiento en la entrega de la información, implica el no poder participar ni ejercer derecho a voto en la junta general de socios o accionistas.

Nota: Si la información que la compañía ecuatoriana debe presentar a la autoridad tributaria nacional sobre sus socias extranjeras, sean personas naturales o jurídicas, no ha variado respecto
de la información consignada el año anterior, la obligación de la compañía ecuatoriana se tendrá por cumplida mediante la declaración bajo juramento que en dicho sentido realice el representante legal.

Si usted desea conocer mayor información sobre el contenido, no dude en contactarnos:

Patrick Barrera – Socio
pbarrera@baclaw.ec

Stefanny Barona – Asociada
sbarona@baclaw.ec