El historial crediticio se transforma: claves para entender las nuevas reglas de evaluación y reporte

La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria expidió la Resolución No. JPRFM-2026-033-F, mediante la cual amplía las fuentes de información que podrán utilizarse para evaluar el riesgo crediticio y modificó los periodos de conservación y reporte.

¿Cuáles son las principales reformas?

1. Fuentes obligatorias de información crediticia
La Resolución reconoce como fuentes obligatorias de información a las entidades pertenecientes a los siguientes sectores:

  1. Sector financiero público, privado y popular y solidario.
  2. Mercado de valores.
  3. Sector comercial.
  4. Compañías de seguros y reaseguros.
  5. Sector de telecomunicaciones.

2. Información complementaria
La evaluación crediticia también podrá considerar:

  • Pago de servicios básicos.
  • Pago de tributos.
  • Cumplimiento de otras obligaciones.
  • Capacidad de endeudamiento.

Estos datos deberán relacionarse objetivamente con el comportamiento de pago y sujetarse a la normativa de protección de datos personales. La incorporación de fuentes adicionales requerirá una resolución motivada de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.

3. Fuentes obligatorias de información crediticia

TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓNPLAZO

Antigüedad máxima de la información de riesgo crediticio 4 años desde la extinción legal de la operación.
Periodo que podrá reflejarse en los reportes crediticios 2 años anteriores a la fecha de emisión.

Transcurridos los cuatro años, la información podrá eliminarse de la base de datos en línea, aunque podrá conservarse en otros medios cuando resulte necesario.

4. Plazos de implementación
Los organismos de control deberán efectuar las adecuaciones necesarias dentro de los siguientes plazos:

  1. Superintendencia de Bancos: hasta 18 meses.
  2. Superintendencia de Economía Popular y Solidaria: hasta 12 meses.
  3. Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: hasta 18 meses.

5. Impacto para el sector empresarial.
La reforma permitirá ampliar las fuentes de información y fortalecer los modelos de análisis de riesgo. Sin embargo, las empresas deberán revisar sus procesos de obtención, actualización, conservación, seguridad y reporte de datos, así como sus políticas de protección de datos personales y mecanismos de trazabilidad. Una adecuada implementación permitirá reducir contingencias regulatorias y garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, veracidad, proporcionalidad y confidencialidad.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal específica. Cada empresa y situación requiere un análisis particular.

Gissel Moreta, Abogada